Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

“Trámites Fiscales”

Contenido

I.           Definiciones

II.          Trámites

Código Fiscal de la Federación

1/CFF a.............................................................................................................................................................................

289/CFF............................................................................................................................................................................

 

Impuesto sobre la Renta

1/ISR a........... ..................................................................................................................................................................

138/ISR.............................................................................................................................................................................

 

Impuesto al Valor Agregado

1/IVA a..............................................................................................................................................................................

10/IVA................................................................................................................................................................................

 

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

1/IEPS a............................................................................................................................................................................

45/IEPS ......... ..................................................................................................................................................................

 

Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos

1/ISTUV.............................................................................................................................................................................

Impuesto Sobre Automóviles Nuevos

1/ISAN a...........................................................................................................................................................................

3/ISAN...............................................................................................................................................................................

 

Ley de Ingresos de la Federación

1/LIF a...............................................................................................................................................................................

7/LIF...................................................................................................................................................................................

Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos

1/LISH a............................................................................................................................................................................

10/LISH.............................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008

1/DEC-1 a                                                                                                                                                                         

5/DEC-1                                                                                                                                                                            

 

Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007

1/DEC-2 a...... ..................................................................................................................................................................

3/DEC-2............................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015

1/DEC-3 a...... ..................................................................................................................................................................

7/DEC-3......... ....................................................................................................................................................................

 

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016

1/DEC-4......... ..................................................................................................................................................................

2/DEC-4 ........ ..................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago, publicado en el DOF el 08 de noviembre de 2018.

1/DEC-5 a...... ..................................................................................................................................................................

6/DEC-5......... ..................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015.

1/DEC-6......... ..................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 11 de septiembre de 2017.

1/DEC-7 a ..... ..................................................................................................................................................................

3/DEC-7......... ..................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 2 de octubre de 2017.

1/DEC-8 a...... ..................................................................................................................................................................

3/DEC-8 ........ ..................................................................................................................................................................

 

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018, publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2018.

1/DEC-9          Solicitud de pago en parcialidades de las retenciones del ISR, conforme al Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018.

2/DEC-9          Solicitud de pago en parcialidades de IVA e IEPS, conforme al Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018.

 

Ley Federal de Derechos

1/DERECHOS........ ........................................................................................................................................................

 

Código Fiscal de la Federación

...................................................................................................................................................................................................

Impuesto sobre la Renta

...................................................................................................................................................................................................

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018, publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2018.

1/DEC-9        Solicitud de pago en parcialidades de las retenciones del ISR, conforme al Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018

¿Quiénes lo presentan?

Los contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en términos de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 94 de la Ley del ISR, excepto asimilados a salarios, que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en los municipios de Acaponeta, Huajicori, Del Nayar, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpan, del Estado de Nayarit.

¿Dónde se presenta?

En el Portal del SAT.

¿Qué documento se obtiene?

·         Acuse de recibo de la Declaración.

·         Línea de Captura para la primera parcialidad.

¿Cuándo se presenta?

La Declaración por cada uno de los meses de octubre, noviembre o diciembre de 2018, durante el mes de enero de 2019.

Requisitos:

No se requiere presentar documentación.

Condiciones:

·         Contar con Contraseña o e.firma.

·         Que tengan su domicilio fiscal, agencias, sucursales o cualquier otro establecimiento en los municipios de Acaponeta, Huajicori, Del Nayar, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpan, del Estado de Nayarit.

·         Que los servicios personales subordinados se presten dentro de los municipios antes referidos.

·         Presentar las declaraciones por cada uno de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, con los importes adeudados por concepto de ISR retenciones por salarios, correspondiente a los asalariados que prestan sus servicios en el domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento que se encuentre dentro de las zonas afectadas.

 

Información adicional:

·         Los contribuyentes, que opten por el pago en parcialidades conforme al Decreto, no estarán obligados a garantizar el interés fiscal.

·         Para presentar las declaraciones deberá:

·         Ingresar al Portal del SAT, a la opción: Declaraciones / provisionales o definitivas / mensuales.

·         Seleccionará la periodicidad “Mensual” y como periodo el que corresponda de los meses de octubre, noviembre o diciembre de 2018 y el concepto ISR retenciones por salarios.

·         Capturará en el concepto “Importe a cargo” el monto del impuesto correspondiente al mes de que se trate de octubre, noviembre o diciembre de 2018. Elegirá la opción “aplica primera parcialidad” y en el monto de la primera parcialidad capturará el importe que resulte de dividir entre dos, el monto a cargo del ISR retenciones por salarios.

·         Una vez que se concluyó con el llenado de la declaración por el concepto señalado, dar clic en el botón “Siguiente”, para lo cual el sistema mostrará la pantalla en la que se deberá seleccionar la opción “Enviar Declaración”, el sistema generará el acuse de recibo de la declaración con la línea de captura por el monto que se haya capturado correspondiente a la primera parcialidad del ISR retenciones por salarios, que deberá pagar a más tardar el 31 de enero de 2019.

Este procedimiento se deberá realizar para cada uno de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018.

·         En el supuesto de que se dejen de pagar total o parcialmente cualquiera de las parcialidades a que se refiere el Decreto, se considerarán revocados los beneficios de pago en parcialidades otorgados en el mismo.

·         La línea de captura para realizar el pago de la segunda parcialidad se podrá obtener a partir del 8 de febrero de 2019 de la siguiente manera:

·         A través de su buzón tributario, siempre y cuando se encuentre habilitado por el contribuyente.

·         Correo electrónico proporcionado ante el RFC.

·         En las oficinas de la Administración Desconcentrada de Recaudación, en caso de que se presente a requerirlas.

·         La segunda parcialidad se actualiza en términos del artículo 17-A del CFF y deberá ser cubierta a más tardar el 28 de febrero de 2019.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 17-A CFF, 94 LISR, Cuarto, Décimo, Décimo Primero y Décimo Segundo DECRETO DOF 28/11/2018, Regla 11.10.4. RMF

 

2/DEC-9     Solicitud de pago en parcialidades de IVA e IEPS, conforme al Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018

¿Quiénes lo presentan?

Los contribuyentes obligados al pago definitivo de IVA e IEPS a su cargo, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en los municipios de Acaponeta, Huajicori, Del Nayar, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpan, del Estado de Nayarit.

¿Dónde se presenta?

En el Portal del SAT.

¿Qué documento se obtiene?

·         Acuse de recibo de la Declaración.

·         Línea de Captura para la primera parcialidad.

¿Cuándo se presenta?

La Declaración por cada uno de los meses de octubre, noviembre o diciembre de 2018, durante el mes de enero de 2019.

Requisitos:

No se requiere presentar documentación.

Condiciones:

·         Contar con Contraseña o e.firma.

·         Que tengan su domicilio fiscal, agencias, sucursales o cualquier otro establecimiento, en los municipios de Acaponeta, Huajicori, Del Nayar, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpan, del Estado de Nayarit.

·         Que los actos o actividades correspondan a su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento, ubicado en los municipios antes referidos.

·         Presentar las declaraciones por cada uno de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, con los importes por concepto de IVA e IEPS, correspondiente a los actos o actividades que se lleven a cabo en el domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento que se encuentre dentro de las zonas afectadas.

 

Información adicional:

·         Los contribuyentes, que opten por el pago en parcialidades conforme al Decreto, no estarán obligados a garantizar el interés fiscal.

·         Para presentar las declaraciones deberá:

·         Ingresar al Portal del SAT, a la opción: Declaraciones / provisionales o definitivas / mensuales.

·         Seleccionará la periodicidad “Mensual” y como periodo el que corresponda de los meses de octubre, noviembre o diciembre de 2018 y los conceptos IVA o IEPS, en su caso.

·         Capturará en el concepto “Importe a cargo” el monto del impuesto correspondiente al mes de que se trate de octubre, noviembre o diciembre de 2018. Elegirá la opción “aplica primera parcialidad” y en el monto de la primera parcialidad capturará el importe que resulte de dividir entre dos, el monto total del IVA o IEPS, a su cargo.

·         Una vez que se concluyó con el llenado de la declaración por el concepto señalado, dar clic en el botón “Siguiente”, para lo cual el sistema mostrará la pantalla en la que se deberá seleccionar la opción “Enviar Declaración”, el sistema generará el acuse de recibo de la declaración con la línea de captura por el monto que se haya capturado correspondiente a la primera parcialidad del IVA o IEPS, que deberá pagar a más tardar el 31 de enero de 2019.

Este procedimiento se deberá realizar para cada uno de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018.

·         En el supuesto de que se dejen de pagar total o parcialmente cualquiera de las parcialidades a que se refiere el Decreto, se considerarán revocados los beneficios de pago en parcialidades otorgados en el mismo.

·         La línea de captura para realizar el pago de la segunda parcialidad se podrá obtener a partir del 8 de febrero de 2019 de la siguiente manera:

·         A través de su buzón tributario, siempre y cuando se encuentre habilitado por el contribuyente.

·         Correo electrónico proporcionado ante el RFC.

·         En las oficinas de la Administración Desconcentrada de Recaudación, en caso de que se presente a requerirlas.

·         La segunda parcialidad se actualiza en términos del artículo 17-A del CFF y deberá ser cubierta a más tardar el 28 de febrero de 2019.

Disposiciones jurídicas aplicables

Arts. 17-A CFF, Quinto, Noveno, Décimo, Décimo Primero y Décimo Segundo DECRETO DOF 28/11/2018, Regla 11.10.5. RMF.

 

Atentamente.

Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2018.- La Jefa del Servicio de Administración Tributaria, Ana Margarita Ríos Farjat.- Rúbrica.