Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.140820/204.P.SG, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión permanente de 14 de agosto de 2020, por el que se autoriza se reanude el cómputo de los plazos y términos para el trámite de los procedimientos administrativos y/o procesos precisados en el Anexo Único del Acuerdo, lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- IMSS.- Secretaría del Honorable Consejo Técnico.

El H. Consejo Técnico, derivado de que a partir del día 25 de marzo del presente año, se encuentra en sesión permanente, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.140820/204.P.SG, en los siguientes términos:

“Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto del Titular de la Secretaría General, Acuerda: Primero.- Autorizar que se reanude el cómputo de los plazos y términos para el trámite de los procedimientos administrativos y/o procesos precisados en el Anexo Único del presente Acuerdo, los cuales comenzarán a correr a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el ‘Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19’. Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- Instruir al Titular de la Dirección Jurídica para que ordene el despacho y realización de los trámites y gestiones ante las instancias competentes, para la publicación del presente Acuerdo y su Anexo Único en el referido órgano de difusión”.

Atentamente,

Ciudad de México, a 14 de agosto de 2020.- El Secretario General, Javier Guerrero García.- Rúbrica.

 

ANEXO ÚNICO

Dirección Normativa

Nombre del trámite, procedimiento administrativo y/o proceso a reanudar

Describir en qué consiste la Reanudación de actividades

Secretaría General

Recurso de Inconformidad

Reanudación de los plazos para la tramitación y resolución.

Correspondencia

Reanudación de los plazos de respuesta de peticiones ciudadanas que se reciban.

 

Ciudad de México, a 14 de agosto de 2020.- El Titular de la Secretaría General, Javier Guerrero García.- Rúbrica.

(R.- 497682)