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EX RESICOS pueden volver a tributar como RESICO en 2025

Las personas físicas que en ejercicios fiscales anteriores dejaron de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza conforme al artículo 113-E, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que les actualizaron sus obligaciones fiscales en el RFC a un régimen distinto, pueden optar por tributar nuevamente en RESICO a partir del 01 de enero de 2025 siempre que sus ingresos totales obtenidos en el ejercicio fiscal 2024 no hubieran excedido de $3,500,000.00 y presenten aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones (Trámite 71/CFF del Anexo 1-A) a más tardar el 31 de enero de 2025.

Fundamento: Artículo Décimo Quinto Transitorio de la RMF2025.

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Incremento en el impuesto sobre nóminas de la CDMX

A partir del 1 de enero de 2025 se incrementa la tasa de impuesto sobre nóminas a pagar en la Ciudad de México del 3% al 4% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.
Aquellas empresas que inicien operaciones o que anualmente incrementen su planta laboral en un 33 % en los doce meses anteriores a la presentación de la declaración, podrán reducir en un 1 % la tasa del impuesto sobre nóminas, quedando en un 3 %.

Puede consultar el texto de la reforma al Código Fiscal de la CDMX del día 27 de diciembre de 2024 (artículo 158) en el siguiente enlace:

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/465b38d3f74ad75e08971c7e16a6a937.pdf

 

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Se modifica el subsidio para el empleo aplicable para 2025

El pasado 31 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo” con la finalidad de proteger el ingreso de los trabajadores con menores ingresos.

En tal virtud, a partir del 1 de febrero de 2025 se establece que la cuota fija de subsidio para el empleo será el 13.80% del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) aplicable a todos los trabajadores cuyos ingresos mensuales que sirvan de base para calcular el Impuesto Sobre la Renta correspondiente al mes de calendario de que se trate no excedan de $10,171.00 (diez mil ciento setenta y un pesos 00/100 M.N.).

Dicho subsidio para el empleo se aplicará contra el impuesto sobre la renta correspondiente al mes de calendario de que se trate y que resulte a cargo de los referidos trabajadores, en términos del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

En el mes de enero de 2025 se establece como cuota fija de subsidio para el empleo el importe equivalente al 14.39% del valor de la UMA aplicable en este mes.

UMA diaria (enero 2025) $108.57
(x) Días del mes 30.4
(=) Valor de la UMA mensual 3,300.53
(x) Factor 14.39%
(=) Subsidio para el empleo aplicable enero 2025 $474.94

Los trabajadores que obtengan ingresos superiores a $10,171.00 no gozarán del subsidio para el empleo.

Puede consultar el texto del decreto en el siguiente enlace de portalfiscal Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo

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